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En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el cual declaró: Parcialmente con lugar la acción intentada por la ciudadana PETRA ADERBUY MORAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.997.029, debidamente representada por el Abogado MARCOS GOITÍA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.756.223 y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.239, contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud; SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda, en consecuencia, se condena al Ministerio del Poder Popular para la Salud, a pagar a la actora, lo siguiente: por concepto de Total prestaciones viejo régimen, la cantidad de Mil Ciento Ochenta y Tres Bolíva.....