Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en fecha veintinueve (29) de abril de 2005 que declaró parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Claudio Silva Ruíz, con las modificaciones contenidas en el presente fallo; SEGUNDO: Se condena a la Gobernación del Estado Apure, a cancelar al actor las siguientes cantidades: Prestación de Antigüedad (nuevo régimen, artículo 108 L.O.T.) CUARENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 48.000,00), Vacaciones y Bono Vacacional DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 219.936,00), Indemnización por Despido Injustificado (artículo 125, numeral 1 LOT) CUARENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 48.000,00) Indemnización Sustitutiva de Preaviso (lite.....