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Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se Declara: INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad incoado por el ciudadano ALI RAMÓN BETANCOURT MÚJICA, actuando en su condición de representante legal de la empresa mercantil, "TRANSPORTE ALI" C.A., asistido por el profesional del derecho Wilfredo Chompré Lamuño, contra el Acto Administrativo de fecha 26 de abril de 2013, dictado por la Dirección Estadal de Salud de los trabajadores del estado Guárico y Apure, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, mediante certificación medica N° 0460-2013, en la cual se certifico Enfermedad Agravada por el trabajo relacionada con la trabajadora Carmen Josefina Gómez Infante, titular de la cédula de identidad N° 9.598.565; se declina la competencia al Tribunal Superio.....