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Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Wilfredo Chompré, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, en su condición de parte accionante, en contra de la decisión de fecha veintisiete (27) de septiembre de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, que declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por el Abogado Wilfredo Chompré Lamuño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Lisbeth Tejada, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.513.600; SEGUNDO: D.....