Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada; SEGUNDO: Se revoca el fallo apelado dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en fecha siete (07) de abril de 2006, que declaró la prescripción de la acción; TERCERO: Con lugar la demanda intentada por el ciudadano VICTOR MANUEL SOSA contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, se condena a cancelar las siguientes cantidades: Los beneficios son calculados con el último salario devengado como obrera activa, Bs. 253.662,60 mensuales y Bs. 8.455,42 diarios. VACACIONES VENCIDAS, CLÁUSULA Nº 41, DE LA CONTRATACIÓN COLECTIVA DE SUOM. Se concede a los traba.....