(...) Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación intentado por el apoderado judicial de la parte demandante; SEGUNDO: Se Confirma la sentencia de fecha veintiocho (28) de abril de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante la cual declaro, sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos intentada por los ciudadanos JESÚS MARÍA ARCINIEGAS y FREDDY JOSÉ HERNÁNDEZ BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 9.225.717 y 2.025.738, contra la Sociedad Mercantil EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL MADERAS DEL ORINOCO, C.A. (MADERAS DEL ORINOCO C.A.), empresa del Estado Venezolano, adscrita al Ministerio de Industrias, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Presidencial N° 8.824, publicado en Gaceta Oficial.....