(...) En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada Ana Trina Padrón Alvarado, en su condición de Jueza Temporal del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, mediante Acta de Inhibición de fecha ocho (08) de octubre de 2015, en el juicio que por Nulidad de Acto Administrativo, intentara la ciudadana Nieves Aitza Barrios Castillo venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-. 4.667.629, contra la Inspectoría del Trabajo del estado Apure;(...)