De las consideraciones expuestas con vista a los fundamentos de hecho y de derecho este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante; SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure en fecha veintitrés (23) de octubre del 2003, mediante el cual se declaró sin lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Jesús María Ojeda por cobro de Prestaciones Sociales contra el ciudadano Domingo Artahona Blanco en su carácter de propietario del Fundo el Botalón; TERCERO: No hay condenatoria en costas.