En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la Abogada CARMEN YURAIMA MORALES DE VILLANUEVA, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante Acta de Inhibición de fecha veintidós (22) de enero de 2008, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales, intentara el ciudadano JESÚS QUINTANA, contra el Municipio San Fernando del Estado Apure; Segundo: Se ordena remitir el presente asunto a la Coordinadora Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure para que remita al Juez que le corresponda conocer la presente causa.