En el día hábil de hoy, martes diez (10) de julio de dos mil siete (2007), siendo las nueve (9: 00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, previo el anuncio de Ley se dio inicio a la misma y tanto la parte accionante como la accionada no comparecieron en forma alguna, al inicio de la Audiencia preliminar, en consecuencia, este Tribunal deja constancia de tal circunstancia; por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó, Publíquese, Regístrese.
EL JUEZ,
Abog, CARLOS ESPINOZA COLMENARES
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