-III-
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA CAUSA POR LA INACTIVIDAD DE LAS PARTES y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA EN ESTE JUICIO, contentivo de Demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES, incoada por el ciudadano EVENCIO JOSÉ BARRIOS COLINA, Abogado en ejercicio debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.475, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano ENRRIS YOLIS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.321.473, contra la Entidad Mercantil PRODUCTORA HERNÁNDEZ, S.A. (PROHESA). Así se decide. SEGUNDO: A los efectos de garantizar las normas del Debido Proceso y el Derecho a la .....