(...) En consecuencia, encontrándose llenos los extremos legales que se contrae la primera parte del artículo 201, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta forzoso para este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar, PRIMERO: LA PERENCIÓN Y LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano JOSÉ RICARDO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.618.187, debidamente asistido por el Abogado NÉSTOR JOSÉ GÁMEZ LÓPEZ, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 15.144.659, y debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 99.798, contra ASOCIACIÓN COOPERATIVA "ALBA DE LA REVOLUCIÓN 2021 R.L", representada por el ciudadano ADRIAN NORBERTO APONTE ABREU, venezolano, mayo.....