En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer de la demanda incoada por DELIFREDD JOSEFINA ZAMBRANO CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.271.978, debidamente representada por el abogado MARCOS GOITIA, inscrito en el IPSA Nº 75.239, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, con motivo a la reclamación del cumplimiento de la Clausula 14 de la contratación colectiva del Ministerio del Poder Popular para la Educación, correspondiéndole su conocimiento a la Inspectoría del Trabajo correspondiente.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente junto con oficio a la Sala Político Administrativa del Tribunal Su.....