PRIMERO: Se imparte homologación dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, al acuerdo alcanzado por las partes. SEGUNDO: Se acuerda archivar una vez conste en los autos, el cumplimiento de pago a la demandante de autos, al cual se obliga la demandada mediante el presente acuerdo.
El Tribunal le advierte a la parte demandada, que el incumplimiento del pago antes señalado, dará derecho a podrá pedir la ejecución voluntaria del presente acuerdo de mediación.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. BELKIS DELGADO PRIETO
La parte demandante
Apoderado judicial de la parte demandante
Apoderado Judicial de la demandada
LA SECRETARIA,
ABG. INÉS MARÍA ALONSO