IV. DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia y por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: Homologa la Transacción celebrada entre la ciudadana ANA CLARET TROCONIS HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.275.485, abogada en ejercicio, debidamente inscrita ante el IPSA, bajo el número 107.904, Apoderada Judicial de la parte demandada, Empresa Mercantil UNO COOPERATIVA DE CONTIGENCIA y la parte accionante ciudadana ARACELYS HERNANDEZ DE MATIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.734.368 y de este domicilio.
SEGUNDO: Cosa Juzgada en el presente Juicio.
TERCERO: Terminada esta causa y ordena el archivo de este expediente por.....