TERCERO: CULPABLE, al ciudadano: LUIS EDGARDO LUNA SILVA, venezolano, natural de San Fernando de Apure Estado Apure, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Albañil, titular de la cedula de identidad personal N° 15.359.550 y residenciado en la Urbanización "Los Centauros", Manzana G, casa N° 02 de la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Art. 413 del Código Penal. En consecuencia se condena al ciudadano: LUIS EDGARDO LUNA SILVA, a cumplir la pena de TRES (03) MESES DE PRISIÓN en el establecimiento que a tal efecto designe el correspondiente Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, firme como quede la presente sentencia.
CUARTO: CON LUGAR la solicitud formulada por el Defensor Privado del ciudadano acusado: LUIS EDGARDO LUNA SILVA, ya identificado, respecto de la Revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, que conforme a.....