este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos IRIS MARINA VILLEGAS MONTOYA y JOSÉ ALEXANDER RIERA CUENCA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 14.343.522 y 12.325.521, en su orden, según el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído el día 06 de Marzo del año 1993, por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, según Acta N° CUARENTA Y SEIS (46).