Visto el pedimento suscrito en fecha 20 de Marzo del 2024, por el ciudadano LUIS EDUARDO FLORES VASQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.288.308, debidamente asistida por la Abg. LINDA ROSA AGUIRE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 137.610, en su condición de Defensora Pública Primera, y observándose que en fecha 19 de Marzo del 2024, este Tribunal dictó Sentencia mediante la cual declaró disuelto el vínculo matrimonial que unía al prenombrado ciudadano, con la ciudadana CATHERIN DITMAR CORONA DIAMOND, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-26.133.134, por lo que se ordena su Ejecución, en consecuencia, se acuerda expedir a la parte solicitante Tres (03) juegos de copias de la decisión debidamente certificada por secretaría conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y junto con oficios remítanse a las Autoridades Civiles competentes, a los fines que estampen la Nota Marginal respectiva; asimismo se orde.....