Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial de Violencia Contra las Mujeres del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO, del Asunto Penal Nº CP31-S-2016-001606, seguido al ciudadano OSMALDO MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº SE DESCONOCE, por el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZA, VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 39, 41, 42 y 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana RAMONA DEL CARMEN GONZALEZ ARIAS. SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas de coerción personal que en contra de.....