Es por lo antes expuesto que este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se admite La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano RAFAEL MARCIAL PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.324.724 de conformidad con lo establecido en el articulo 96 de la Ley especial, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niña, previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, con el agravante del 217 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana ADOLESCENTE (SE OMITE SU IDENTIDAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). SEGUNDO: La continuación del proceso siguiend.....