En mérito de los razonamientos tanto de hecho como de derecho precedentemente explanados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto incoada por el ciudadano LUIS JAVIER RAMIREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.146.167, en contra de la ciudadana FIAMA ANDREINA UTRERA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.104.142, debidamente asistido, por el Abg. RICHARD OSWALDO MALAVE BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 276.707, padres biológicos de los Hnos. (Se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protecci.....