este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia AUTORIZA ampliamente y suficientemente a la ciudadana: CARMEN YANETH RAMIREZ DE CAMACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.520.396, actuando en representación de mis hijos (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente), debidamente asistido por la Abg. MARIA NATACHA SANCHEZ MENDEZ, Defensor Público Primero, gestione por ante los Organismos competentes el cobro de los Beneficios Sociales dejados por el de cujus JOSE DOMINGO CAMACHO PAEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-.....