este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio; en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: JULIO MISAEL HERRERA y NORKA RODRIGUEZ SEVILLA, el cual contrajeron por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio Achaguas, Parroquia Queseras del Medio del Estado Apure, en fecha 19 de Junio de 1991, según consta del Acta de Matrimonio Nº 14, acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca Circunscripción Judicial del Estado Apure, al Primer (01) día del mes de Diciembre del Dos Mil Catorce (2014). Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
LA JUEZA,
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
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