Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: EDGAR RAMON PAEZ Y NELYS JOSEFINA CASTILLO PEREZ, venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-11.240.015 y 16.270.993 respectivamente, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio San Fernando Estado Apure, en fecha 09 de Agosto del año 2004, según consta del Acta de Matrimonio N°61, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los siete (07) días del mes de Junio del año Dos Mil Dieciséis (2016). Año 206° d.....