Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales. SEGUNDO: Igualmente se compromete a pagar a su hija un bono Único Escolar de DOS MIL BOLIVARES (2.000, 00), con motivo del inicio del nuevo año escolar para la compra de útiles y uniformes. TERCERO: Asimismo se compromete a suministrarle a su hija un bono único Decembrino por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. .....