, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: JULIO RAFAEL SALINAS ACOSTA Y ROSA VIRGINIA HERNÁNDEZ ROJAS, el cual contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 28 de Mayo del año 2009, según consta del Acta de Matrimonio N°79, acompañada. Y así se decide.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y cópiese.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los quince (15) días del mes de Octubre del año Dos Mil Catorce (2014). Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA, (FDO)
Dra. JEANNET J. AGUIRRE DELGADO
EL SECRETARIO,
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