Este Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: La cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.oo) mensuales, los cuales serán entregados en efectivo a la representante legal. SEGUNDO: Un bono especial en el mes de Septiembre de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.F 5.000.oo), TERCERO: Un bono especial en el mes de Diciembre de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.F 5.000.oo). Asimismo se compartirán el 50% de los gastos médicos, cuando sean requeridos por los niños
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure de conformidad c.....