Por todo lo expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Revisión acordado mediante auto por el Tribunal de Ejecución Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal Extensión Guasdualito, con fundamento al artículo 470 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, ejercido a favor del penado: CARLOS JULIO HERNÁNDEZ, de la sentencia definitiva dictada en fecha 16-05-1996 por el Tribunal Superior en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, el cual lo condenó a cumplir la pena de Diez (10) años de prisión, más las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal vigente para esa oportunidad, por la comisión del delito de transporte de Sustancias Estupefacientes de conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en co.....