ANULA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó suspender el acto de la audiencia preliminar y otorgar un lapso adicional a la Defensa para ofrecer los medios de prueba que aportaría para el juicio oral y público, por considerar que ha sido subvertido el proceso previsto en los artículos 328 y 330 del Código Orgánico Procesal Penal, y ORDENA la celebración de una nueva audiencia preliminar por un tribunal distinto al que la celebró.
Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho HELENNY JOHANA GUILARTE CENTENO, en su condición de Fiscal Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.