Admite la apelación ejercida por los Fiscales del Ministerio Público y los Abogados Apoderados José Ángel Hurtado Martínez y Jesús García Vázquez contra la sentencia publicada por el a-quo, en fecha 29 de Marzo de 2.006, por ser impugnable y recurrible, conforme al artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral el día Martes 13 de Junio de 2.006 a las 10:00 horas de la mañana, conforme al artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal.