DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la ley le DECLARA: EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la causa 1C-14236-11, seguida al ciudadano JUAN BAUTISTA UVIEDO, titular de la cédula de identidad Nº 8.154.223, por el delito de PERTURBACIÓN A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en consecuencia: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, conforme a lo establecido en el en articulo 361, 49 numeral 7, en relación con el numeral 3 del artículo 300 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de ello se dejo sin efecto la audiencia pautada para el día 14-5-.....