DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el N° 1C-5.683-04, seguida en contra de: ELIS DARIO TORRES BATTA, BEJAS ORONO ROGER IVAN, SALINAS MELISSA RUSMARY Y CARBAJAL GUTIERREZ KENI OMAR, por la presunta comisión del delito: APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 09 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores vigente para la fecha de los hechos en perjuicio de: EDGAR RAMÓN PÉREZ FRANCO Y RAMÓN ANTONIO ESPAÑA RODRIGUEZ, conforme a lo establecido, en el Artículo 300 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, 108 y 110 del Código Penal, por cual se acuerda el cese de cualquier medida que pese en contra del prenombrado ciudadano. Y así se decide. N.....