DISPOSITIVA
Por los razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. ACUERDA:
ÚNICO: REVOCAR EL CONFINAMIENTO, que le fuera otorgado por este Tribunal en fecha 04-11-2004, en virtud de la conmutación de la pena por cumplir el penado YRME RAFAEL CABELLO, titular de la cedula de identidad N° 12.585.644, venezolano, mayor de edad, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Fernando de Apure; razón por la cual no se librará la correspondiente orden de aprehensión. En razón de lo expuesto se acuerda librar boleta de traslado al penado para imponerlo de la decisión. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. DAVID OSWALDO BOCANEY