DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA: PRIMERO: La solicitud del defensor del penado DARWIN JOSE INOJOSA, representado por el DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO, de reformar el auto mediante el cual se practicó el cómputo de la pena. SEGUNDO: Niega la solicitud de redención de la pena por el trabajo y el estudio del tiempo en que el penado se encontraba gozando del beneficio de libertad bajo fianza. Y así se decide. Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. MARIA MELVA GARCIA.-
EL SECRETARIO,
ABG. YUNIS MENDEZ.-
Seguidamente se dio cumplimento a lo ordenado.
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