DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Ejecutar la Sentencia con diferimiento de la Ejecución de la Pena recaída en contra de el penado: JOSÉ RENE MARTÍNEZ AROCHA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 19.192.490, residenciado: En el fundo La Manguera de la Población de San Vicente, Municipio Arismendi, Estado Barinas.
SEGUNDO: Diferir el estudio para la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, hasta tanto se le realice al penado el Informe Psicosocial emitido por el organismo competente del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
TERCERO: Queda obligado el penado ciudadano: JOSÉ RENE MARTÍNEZ AROCHA, a cumplir con las siguientes condic.....