DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrado Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a favor del penado: MATOS HURTADO YANEYR ALEJANDRA, titular de la cédula de identidad Nº 19.049.056, venezolano, fecha de Nacimiento: 04-02-1987, mayor de edad, residenciado residenciada en el sector El Recreo Tercera etapa, casa sin numero, en esta ciudad de San Fernando de Apure, de conformidad con lo dispuesto en los artículos: 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal y somete al penado a cumplir con el Régimen de Prueba por un lapso de TRES (03) AÑOS, contados a partir de la presente fecha, pena ésta que se cumplirá el día 20 de Junio de 2014, debiendo someterse a las condiciones siguientes:
1. Ubicarse laboralmente de manera estable, de lo cual deberá dar consta.....