DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Diferir la Concesión y Ejecución de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena hasta tanto se le realice a la penada el Informe Psicosocial, por el organismo competente del Ministerio del Interior Justicia.
SEGUNDO: Queda obligada la ciudadana, YELMER HERRERA SANCHEZ; venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 11.238.316, residenciado en la Urb. Rómulo Gallegos, Calle 24 de Julio S/N Quinta Sofía, Achaguas Estado Apure. Igualmente a cumplir con las siguientes condiciones: No consumir bebidas alcohólicas ni Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como no verse involucrado en la comisión de algún otro delito, y no salir del perímetro de la ciudad sin autorización previa del Trib.....