De seguida el Juez expone: Vista la exposición del ciudadano Secretario, y revisado como ha sido el escrito presentado por la Fiscal Auxiliar Segunda del Ministerio Publico ABG. ISMENIA MENDEZ SANCHEZ, en el cual a los fines de garantizar el debido proceso y en aras de una buena administración de justicia solicito el diferimiento del presente juicio hasta tanto la Corte de Apelaciones se prenuncie sobre el recurso de apelación interpuesto por su persona; en consecuencia quien aquí decide considerando que el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Publico, versa sobre que se prosiga la causa conforme al procedimiento establecido en el articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, y no se celebre el Juicio oral y publico, este Tribunal a los fines de garantizar el debido proceso, acuerda diferir el presente acto hasta tanto la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial penal se pronuncie sobre el recurso interpuesto. Es todo. Termino se leyó conformes firman.
EL JU.....