DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia, en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en los artículos 1, 12, 244, 256 ordinales 3° y 259 del Código Orgánico Procesal Penal, y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Con Lugar, la solicitud de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, realizada por la Defensora Publica Abg. Luisa Maria Pantoja, a favor del acusado ANTONIC JOSEP LLOVERA RATTIA, titular de la cédula de identidad N° 15.512.894, residenciado en la Urbanización el Tamarindo, sector III, calle 03, casa N° 08, San Fernando, Estado Apure, (Teléfono: 0247-3422882) en consecuencia lo impone de las Medidas señaladas en el articulo 256 ordinal 3° y 259 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1) Prese.....