De seguida el ciudadano Juez expone: Vista la incomparecencia de las partes antes mencionada al Juicio Oral y Publico, este Tribunal se ve en la imperiosa necesidad de diferir el presente acto, y considerando la agenda de juicios previamente fijadas por este despacho, aunado al hecho que solo se cuenta con una sola sala de audiencia para los dos únicos Tribunales de Juicio, se fija la fecha para el día 19-07-06 a las 09:30 horas de la mañana, la celebración del Juicio Oral y Público en la presente causa. así mismo se acuerda mandato de conducción a la victima en su condición de testigo, y los testigos ausentes, de conformidad con el único aparte del articulo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de garantizar la economía y celeridad procesal. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ U.
EL DEFENSOR PÚBLICO
ABG. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO
EL ACUSADO.
KENNYS UBAND.....