DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, constituido con Escabinos por decisión Unánime, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22, 366 del Código orgánico Procesal Penal, encuentran INOCENTES y en consecuencia ABSUELVE a los ciudadanos: SERGIO ALEXIS PEÑA PADILLA, cédula de Identidad N° 9.264.517, venezolano, mayor de edad, de profesión piloto comercial, hijo de Aricela del valle Padilla y Sergio Alexis Padilla Sánchez, residenciado en lomas de Alto de Barinas vía Kasiata Barinas, Estado Barinas casa N° 20, por los delitos de TRAFICO Y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en relación con el 83 del Código Penal Venezolano y SOBRE VUELO CLANDESTINO Y ATERRIZAJE EN.....