Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones del Artículo 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera decretada a los ciudadanos: EDUAR JESUS ALVAREZ ACOSTA, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 25.393.133 Y ALENDER ARCANGEL LUNA RIVERO, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº 25.611.354; acusado por la Fiscal Cuarta del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR MENOR, ROBO DE VEHÍCULO Y LESIONES FÍSICAS MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 149 segundo aparte de la Ley.....