Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones del Artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera decretada al ciudadano: SANCHEZ DARWIN YERMAIN, Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº V-18.146.144; acusado por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSIÓN , previsto y sancionado en el Artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, por parte del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. En consecuencia se mantienen en vigor la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al ciudadano antes identificado, en idénticas condiciones a como les fueron impuest.....