UNICO: SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que conforme a las previsiones del Artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, le fuera decretada al ciudadano: RONDON BOLIVAR ESTEBAN RAFAEL, Titular de la Cedula de Identidad Personal Nº V-19.250.661; acusado por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en los Artículos 149con las agravantes del artículo 163 ordinales 5 y 7 ambos de la Ley Orgánica de Drogas y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 124 de la Ley de Desarme y Control de Armas y Municiones, por parte del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. En consecuencia se mantienen en vigor la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al ciudadano antes identificado, en idénticas condiciones a como les .....