El Juez expone: Oída la exposición de las partes, el tribunal suspende la presente audiencia tomando en consideración lo señalado en el articulo 335 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que se ha hecho uso de la prerrogativa del articulo 351 del adjetivo penal, en relación a la conducción solicitada por ambas partes,. El tribunal ordena que sea traído con el concurso de los efectivos militares adscritos al destacamento 68 de la Guardia Nacional, por lo que se ordena sopena de desacato a la orden administrativo por un Juez Nacional, de conformidad con el articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en su encabezamiento y primer aparte, oficiar lo conducente al comandante de dicha institución castrense, a quien se le tramitara el texto de esta orden, y que deberá cumplirla de manera efectiva e informar de trazo inmediato al Tribunal. La presente audiencia se suspende y se fija como día para su reanudaciòn de la misma el 03 de octubre de 2006, a las 02:00 Horas de la .....