Por todos los razonamiento de hecho y derecho antes descritos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida al adolescente iuris IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafos segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: venezolano, natural de San Fernando estado Apure, de 17 años de edad para la fecha en que ocurrió el hecho investigado, nacido el 21-08-84, Hijo de Maria Anselma Bejas y Marcos Zambrano (fallecido), Titular de la Cédula de Identidad N ° 17.608.273, Residenciado en el Barrio Las Marías, Calle Avelina Duarte, Casa N ° 57, San Fernando estado Apure, porque resultó probada la falta de una condición necesaria para imponer la sanción, al haber op.....