SEGUNDO: SE ADMITE LA PRECALIFICACIÓN JURÍDICA por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos en los artículos 458 en relación con el 80 del Código Penal Venezolano y 41 y 42 de la Ley Especial Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente, en virtud de ajustarse a las actas del presente expediente.
TERCERO: Se decreta la Medida Cautelar establecida en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a favor de los adolescentes imputados: IDENTIDAD OMITIDA, hijo de ZULEY CASTILLO Y WILFREDO CONTRERAS, residenciado en la calle Carabobo Nro. 19-A, frene al Hotel Chiquinquirá por el barrio La Arrocera, esta ciudad de San Fernando de Apure, teléfono: 0426-8954907; y IDENTIDAD OMITIDA, hijo de NANCY RODRÍGUEZ Y GERMAN RIVAS, residenciado en la calle Salias al final, casa Nro. 55 detrás de la farmacia Caracas en esta ciudad, teléfono: 0247-3425154; consi.....