Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, en la misma se evidencia que la detención del adolescente: JHONATAN GABRIEL SÁNCHEZ, ocurrió el día 05-10-03, a las 12:40 pm, hasta el día de hoy 08-10-03 a las 9:30 am, han transcurrido 57 horas de encontrarse detenido el mismo, este Tribunal acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 37 literal ¿b¿ de Convención sobre los Derechos del Niño la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus artículos 44 numeral 1°, 49 y 257, la libertad inmediata del adolescente por estar privado ilegítimamente de su libertad