ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa signada con el N° 1CA-1138-05, a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, residenciado en el Barrio la Planta, casa de color verde al frente de la Planta generadora del servicio eléctrico, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 272 del Código Penal Venezolano, en concordancia con los artículos 9 y 10 de la Ley Contra Armas y Explosivos, en relación asimismo a las disposiciones contenidas en los artículos 13 y 282 de la Ley Adjetiva Penal, 546 y 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente, en concordancia con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesce.....