En virtud de la incomparecencia de las victimas, siendo una de las resultas positiva y la otra negativa por cuanto la Boleta de citación solo debe ser recibida por la persona interesado y en su defecto por un familiar que resida en la misma dirección del citado, se acuerda fijar nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, para el día Lunes 10/12/2007, a las 10:00 horas de la mañana. Quedan notificadas las partes asistentes del presente diferimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en su artículo 537. Librense Boletas de citación a las víctimas de la causa.-
La Jueza,
DRA. MARIA LUCRECIA BUSTOS P.
El Fiscal,
ABOG. LANDO AMADO.
Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescent.....